Diputados que aprobaron el pago de salario a los nuevos Jueces del STJ que no trabajan y aducen “carácter alimentario”, fueron denunciados penalmente

Los diputados provinciales Santiago Aberastain Zubimendi, Barrientos Claudia Fabiana, Mario Piero Boffi, Fernando Omar Españon, Javier Santiago Jara, Fabiana Carolina Loreiro, Pedro Hernán Luxen, Alfredo Fernando Martínez Alfaro, Adriana Isabel Nieto López, Cristian Eduardo Ojeda, Fernando Oscar Pérez, José Luis Quiroga y Claudia Patricia Urrutia fueron formalmente denunciados penalmente por Franco Macheroni Secretario General de la Asociación Gremial de Empleados Judiciales de la Provincia de Santa Cruz por la presunta comisión de los delitos de: Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de Funcionario Público (art. 248 del código penal), Malversación de Caudales Públicos (art. 2 6 0 d e l código penal),

Estafa y Defraudación (art. 172 del código penal), Asociación Ilícita (art. 210 del código penal) y su agravante por poner en peligro la vigencia de la Constitución Nacional (art. 210 bis del código penal), quienes votaron de forma afirmativa la introducción del artículo 35 en la Ley Provincial de Presupuesto 2026 que establece que autoriza al Ministerio de Economía a efectuar la liquidación y pago inmediato del 50% de los haberes a “los nuevos vocales designados en el marco de la Ley N.° 3949“.

La norma favorece a los abogados Sergio Acevedo, José Antonio González Nora, Gabriel Contreras y Juan De La Vega, a quienes la propia Cámara hizo ingresar como Vocales al STJ tras la ampliación del número de cinco a nueve el máximo Tribunal, lo cual también fue cuestionado por el gremio y la oposición, judicializando todo el proceso y generando en la provincia un conflicto de Poderes.

Expresamente la norma aprobada con nombre y apellido de los 4 abogados dice en su Artículo 35  “Autorizace al Ministerio de Economía de l a Provincia de Santa Cruz a efectuar la liquidación y pago inmediato del 50 por ciento del total correspondiente a los haberes de los vocales del Tribunal Superior de Justicia, a los nuevos vocales designados en el marco de la ley n° 3949, tomando en cuenta que la situación judicial de l a ley no se encuentra resuelto con el alcance de cosa juzgada y que, desde su asunción de los nuevos integrantes, estos se encuentran sin percibir haberes, asumiendo el Estado Provincial las obligaciones surgidas en el marco de la Convención Interamericana sobre Obligaciones Alimentarias, l a Convención Americana sobre Derechos Humanos y los derechos y garantías constitucionales que otorgan al salario de carácter alimentario cuya vulneración genera para el Estado provincial responsabilidades nacionales e internacionales. En caso que por sentencia firme l a Ley 3949 sea declarada Constitucional, el gasto que ella genere será imputado de manera definitiva al ejercicio presupuestario del año 2026, habilitando al Estado provincial al recupero de fondos abonados”.

El ”carácter alimentario” para algunos

Mas allá que la denuncia establece la inconstitucionalidad de la Ley 3949 y la intromisión de un Poder en otro, cuestiona que los 4 abogados no se encuentran registrados en la Base de Datos del Poder Judicial, ni se los conoce cumpliendo función alguna el gremio admite “…los representantes del pueblo en un acto de magnificencia, con los fondos de todos los santacruceños, AUTORIZA al MEOP, como si fuera su empleado a pagar a estas personas”.

El denunciante luego marca un paralelo entre ésta acción unilateral y personal de asignación de recursos y las necesidades que tienen muchos santacruceños y las condiciones paupérrimas de la provincia en materia de salud, educación y obra pública y es en ese contexto donde la denuncia penal señala que los trabajadores vienen cobrando sus salarios con demoras reiteradas desde septiembre del 2025 afectando allí si, el carácter alimentario del salario a quienes tienen al mismo como el único recurso para el sostenimiento de su familia y alimento de sus hijos, lo cual no es el caso de los cuatro abogados a los que le asignaron un articulado especial para que cobren la mitad de sus importantes salarios, sin que estén trabajando y ni siquiera conformen la nómina de la justicia provincial.

Resalta la denuncia que el pago del último salario provincial el día 8 de enero/26 a la Administración Pública, genera una situación que profundiza la incertidumbre económica de miles de familias que dependen exclusivamente de su salario para subsistir y agrega “Esta realidad contrasta de manera palmaria con la decisión legislativa aquí denunciada, que autoriza el pago inmediato de haberes a personas que no prestan funciones, evidenciando una asignación arbitraria y desigual de los recursos públicos”.

Desvío arbitrario de fondos

Posteriormente la denuncia penal realizada por el gremio Judicial advierte sobre un desvío de fondos del Estado provincial de manera arbitraria, favoreciendo a cuatro personas que no prestan ningún servicio “dado que a ninguna otra persona se le sanciona una ley para cubrir sus necesidades básicas – sobre todo el “alimentario”-. Con lo cual claramente se violenta el artículo 14 de la Constitución Nacional”, dice el escrito remarcando que nadie puede estar por encima de la CN sancionando leyes a las cuales “adecuan” a la voluntad política propia”.

 Diputados que aprobaron el pago de salario a los nuevos Jueces del STJ que no trabajan y aducen “carácter alimentario”, fueron denunciados penalmente
Tal como resume finalmente el documento, los legisladores utilizaron La Ley de Presupuesto para desviar fondos de sus fines legítimos, ignorar una sentencia judicial de inconstitucionalidad formulada, forzar una aplicación de caudales basada en una premisa falsa, esto es, un derecho alimentario inexistente, con el solo objetivo de beneficiar a terceros y por último haber incurrido en la violación del principio de Independencia Judicial ejerciendo intromisiones y presiones sobre el Poder Judicial.

De esta manera y tras exponer en un extenso escrito de 16 páginas, los antecedentes que anteceden a la medida tomada por los diputados mencionados al inicio de este informe y realizar la cronología de los hechos que generaron esta medida judicial, el gremio deja claramente formalizada una denuncia penal contra la decisión del Poder Legislativo de insertar en la Ley de Leyes, un artículo especial, personalizado y puntual, para asignarle haberes a cuatro personas cuyos cargos se encuentran judicializados, en la práctica no están en funciones y ni siquiera aparecen en el sistema de datos de la Justicia Provincial. (Agencia OPI Santa Cruz)